Un documento firmado por el cardenal prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe define como «acto de naturaleza cismática» el rito celebrado el 1 de julio. En una nota explicativa se detallan los pormenores de la grave sanción canónica
Un documento firmado por el cardenal prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe define como «acto de naturaleza cismática» el rito celebrado el 1 de julio. En una nota explicativa se detallan los pormenores de la grave sanción canónica