Bautismo

Para pedir el Bautismo hace falta acercarse al despacho para concretarlo. Normalmente, se celebran los sábados a las 12:30 o 18:30 horas. Es importante pedir el Bautismo por motivos de fe. No se entiende la incoherencia de pedirlos solo por una sola cuestión social. Se habrá de acudir a un curso de hora y media, que se avisa con tiempo y que se suele hacer los viernes por la noche.

 Para la elección de padrinos hay una serie de requisitos, que es bueno tener presente lo siguiente:

1.- La función de los padrinos “es, juntamente con los padres, presentar al niño que va a recibir el bautismo y procurar que después lleve una vida cristiana congruente con el bautismo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al mismo” (c. 872). Por esta razón, se explica en el Directorio que “el padrinazgo no debe convertirse en una institución de mero trámite o formalismo, como puede ocurrir en un cristianismo sociológico. En una pastoral de misión, que es la nuestra, el padrino cobra una relevancia extraordinaria” (n. 49). Debe recordarse que los padrinos representan a la comunidad cristiana y son los que asumen la tarea de educar cristianamente.

2.- La elección de los padrinos corresponde a los padres del niño o quienes ocupan su lugar. “Es necesario indicar a la familia el cuidado en la elección de los padrinos dada su función de representantes de la comunidad cristiana y su responsabilidad en la formación y ayuda espiritual de los bautizados” (n. 49).

3.- Las condiciones requeridas para ser padrino son las siguientes:

a. Como indica el vigente código, quien va a recibir el Bautismo tenga un solo padrino, o una sola madrina, o uno y una (cfr. c. 873). Por tanto, no pueden ser padrinos dos varones o dos mujeres. Tampoco lo pueden ser el padre o madre de quien se va a bautizar.

b. Ha de tener cumplidos los 16 años. Nuestro Directorio añade que “debe reprobarse la costumbre de admitir a uno menor de edad” (n. 49).

c. Debe ser católico. El bautizado que pertenece a una comunidad eclesial no católica sólo puede ser admitido junto con un padrino católico, y exclusivamente en calidad de testigo del bautismo. Su nombre puede registrarse en el acta bautismal en calidad de testigo (c. 877, 1). Sin embargo, un cristiano oriental ortodoxo puede ser verdadero padrino, junto a otro católico (Cfr. Directorio ecumenismo, n. 98, b).

d. Debe estar confirmado. Esta condición debe ser estimada por el párroco, respecto a la posibilidad de establecer una excepción.

e. Debe llevar una vida congruente con la fe y con la misión que va a asumir. Por esta razón no pueden ser padrinos quienes se encuentran en una situación matrimonial irregular (quienes viven en unión de hecho, el católico unido sólo civilmente o quien se ha divorciado y casado de nuevo), el que ha abandonado notoriamente la fe o quien está incurso en una pena canónica.

Con el fin de prevenir situaciones anómalas, cuando no se tenga conocimiento de las personas propuestas para padrino y madrina, es conveniente solicitar la certificación de su bautismo con la debida antelación. SI QUERÉIS BAUTIZAROS YA SIENDO MAYORES, hay un proceso de catecumenado que ayuda a introducirse en la fe, y que pensamos que te va a ayudar para la vida. ¡Anímate!

NORMALMENTE LOS BAUTIZOS SE CELEBRARÁN LOS SÁBADOS, A LAS 12:30 DE LA MAÑANA O A LAS 18:30 DE LA TARDE.

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