La revisión constitucional del aborto en España comienza envuelta en polémica

, 07 Feb. 23 (ACI Prensa).-
El Tribunal Constitucional (TC) de España aborda la adecuación a la Carta Magna de la ley del aborto marcada por un retraso de más de 13 años y la denuncia sobre la falta de imparcialidad de varios de sus miembros. 

El Pleno del Tribunal Constitucional aborda esta semana el recurso de inconstitucionalidad planteado en 2010 contra la norma aprobada ese año.

En ella se considera el homicidio prenatal como un derecho de libre disposición durante las primeras 14 semanas de gestación. 

La ocasión está rodeada por la polémica. Al admitirse a trámite, el recurso se consideró como de “carácter prioritario”.

Pese a ello, han pasado casi tres lustros y seis presidentes del Tribunal Constitucional hasta que se ha decidido su examen. 

Pero también la activación de esta revisión es controvertida, puesto que se realia en el preciso momento en que existe una mayoría de Magistrados del TC nombrados a propuesta de los partidos abortistas. 

Imparcialidad de los magistrados

Además, la sombra de la duda cae sobre al menos cuatro de ellos en lo que respecta a la necesaria imparcialidad exigida a los jueces y magistrados. 

Tal y como explicó el jurista de la Universidad Católica de Valencia, Borja Sánchez, a ACI Prensa el pasado día 2, la ley establece varias causas de recusación por falta de imparcialidad.  

Entre ellas, “haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo”.

Este es el caso de 4 de los 11 magistrados que forman el TC español. Una de ellas, ya ha anunciado que se abstendrá. 

Concepción Espejel considera que incurre en falta de parcialidad por haber firmado uno de los informes preceptivos sobre la ley cuando era miembro del Consejo General del Poder Judicial. 

En el mismo caso está su compañera Inmaculada Montalbán, que también formaba parte del órgano de gobierno de los jueces junto a Espejel. 

Otro miembro señalado por falta de imparcialidad es Juan Carlos Campo, que al tramitarse la ley era secretario de Estado de Justicia del Gobierno que la aprobó.

El cuarto es el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, Fiscal General del Estado nombrado por José Luis Rodríguez Zapatero y firmante del preceptivo informe sobre la Ley del Aborto que ha de emitir la Fiscalía. 

El profesor Sánchez explicaba a ACI Prensa que es “meridianamente claro que dichos magistrados tienen el deber de abstenerse de participar en la decisión del recurso” por los motivos expuestos, de acuerdo a la Ley Orgánica del Poder Judicial. 

Denuncia ante la Comisión Europea

Debatir las posibles causas de imparcialidad de los cuatro magistrados y valorar tanto la petición de abstención como las recusaciones formuladas será la labor que ha de desarrollar el Pleno del TC este martes. 

De admitirse, quedaría sin el quorum necesario para tomar decisiones. A esto se van a aferrar los tres magistrados. 

Si finalmente no se admitieran las recusaciones, este miércoles se abordaría el borrador de sentencia que debe ser sometido al Pleno. 

En previsión de que los señalados por parciales no den su brazo a torcer, la Fundación de Abogados Cristianos ha presentado ante la Comisión Europea una denuncia contra el propio TC y los magistrados Conde-Pumpido, Montalbán y Campo. 

Según Abogados Cristianos se trata de “un caso manifiesto de prejuzgamiento por parte de los magistrados, que ya han conocido del asunto que se les encomienda y sobre el que ya han dado su opinión”.

A su juicio, la decisión de no abstenerse “supone una violación del Artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la unión Europea” por vulnerar la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial. 

Un “cambio irreversible”

En paralelo, ha presentado un informe jurídico sobre el borrador de sentencia que va a ser debatido. De ser aprobado como se ha conocido, “supondría un cambio irreversible frente a la anterior decisión del TC, puesto que deja de proteger la vida de no nacido como un bien jurídico”, explica su portavoz, José María Fernández.

La sentencia a la que se refiere fue la emitida en 1985 por el TC sobre la la primera ley de aborto, que estableció un sistema de casos despenalizados. En ella ratificaba la obligación del Estado de “establecer un sistema legal para la defensa de la vida que suponga una protección efectiva” del nasciturus.

Además, se denuncia que, de aprobarse el borrador conocido, se confirmaría que en 13 años ha sido vulnerado de manera sistemática el derecho a la objeción de conciencia.

También que las las mujeres han visto vulnerado su derecho a recibir información veraz y suficiente sobre el aborto.

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