La esperanza de un Obispo ante la ideología de género: El mal se destruye a sí mismo

, 02 Feb. 23 (ACI Prensa).-
El Obispo de Orihuela-Alicante (España) Mons. José Ignacio Munilla reflexiona sobre un caso que pone en evidencia los problemas derivados de las leyes basadas en la ideología de género y concluye que “el mal se destruye a sí mismo”. 

El caso analizado por el Prelado es el de un hombre que fue denunciado por una mujer por un delito de maltrato -llamado de violencia de género- al que no se le han podido imponer medidas preventivas hasta que tenga lugar el juicio. 

La razón, que el sujeto ha declarado ante el Registro Civil que es una mujer. De esta manera, el hombre escapa a los efectos de la Ley Integral de Medidas contra la violencia de Género, que sólo se aplica a los hombres acusados de maltratar a mujeres.

La policía regional de Cataluña, donde han sucedido los hechos, ha comunicado a la denunciante que no puede tomar medidas de acuerdo a esta la legislación. 

Al tratarse, según la ley, de un caso de violencia doméstica y no “de género”, no se puede imponer una medida como una orden de alejamiento. 

El Obispo de Orihuela-Alicante ha explicado a través de sus redes sociales que en un primer momento sintió pesadumbre por la noticia. Pero, en segunda instancia, “se reavivó mi esperanza al comprobar lo que dice el conocido refrán: EL MAL SE DESTRUYE A SÍ MISMO”, ha subrayado.

Cuando vi esta noticia en el Telediario tuve un primer sentimiento de pesadumbre, pero luego se reavivó mi esperanza al comprobar lo que dice el conocido refrán: «EL MAL SE DESTRUYE A SÍ MISMO» pic.twitter.com/nuw2Zha7hz

— Jose Ignacio Munilla (@ObispoMunilla) February 1, 2023

Cambio registral del sexo en España

En la actualidad, es posible cambiar el sexo en el Registro Civil  presentando una serie de documentos. Entre ellos se encuentra un informe médico que certifique “la existencia de disonancia entre sexo inscrito y la identidad de género sentida o sexo psicosocial y a la estabilidad y persistencia de la disonancia”.

Dicho informe además debe hacer referencia a “la ausencia de trastornos de personalidad que pudieran influir de manera determinante en la existencia de la disonancia”.

Además, es necesario aportar una prueba clínica de que la persona interesada ha sido tratada «durante al menos dos años para acomodar sus características físicas al sexo reclamado», según se detalla en el sitio web especializado en trámites administrativos Consultases.com.

Sin embargo, estos requisitos serán simplificados cuando vea la luz la aprobación definitiva de la llamada Ley Trans que en este momento está siendo revisada en el Senado, tras su paso por el Congreso. 

Cuando concluya el trámite en la Cámara Alta, volverá al hemiciclo de la Carrera de San Jerónimo para su aprobación definitiva. Se prevé que esto se alargue unos 15 días más. 

Con la nueva ley, la mera expresión de la voluntad será suficiente para cambiar el sexo en el Registro Civil, desde los 16 años, pese a que la mayoría de edad es de 18. 

En el caso de menores entre 16 y 14, deberán asistir al Registro con sus padres o tutores legales. Si hubiera peticiones de niños entre 12 y 14 años, es preceptiva la intervención de un juez. 

Por debajo de 12 años no podrán cambiar su sexo en el Registro, pero sí su nombre en el Documento Nacional de Identidad.

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